El pasado viernes 23/10 el Vicepresidente del ORSNA firmó la Nota NO -2020-71907755-APN-ORSNA#3MTR, mediante la cual dispuso que el aeropuerto de Ezeiza es el único habilitado en el AMBA para operar, sin dar ningún fundamento razonable y suficiente para ello, y en abierta desobediencia a una sentencia judicial firme.
Conforme el Decreto 375/1997, son deberes del ORSNA asegurar la igualdad, el libre acceso y la no discriminación en el uso de los servicios e instalaciones aeroportuarias (art. 14 inc. a), asegurar la continuidad de los servicios esenciales (art. 17.25) y asegurar la publicidad de las decisiones que adopte (art. 17.33).
Asimismo, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, ordenó al ORSNA el pasado 04/08/2020 que se abstuviera de tomar cualquier medida sobre el aeropuerto de El Palomar sin la intervención de las aerolíneas low cost que allí operan.
La decisión arbitraria e ilegítima del Fernando Muriel incurre en los delitos de abuso de autoridad y e incumplimiento de los deberes de funcionario público, reprimidos por el Código Penal de la Nación (arts. 248 y 249). La denuncia quedó radicada en el Juzgado Federal Nº 8, a cargo del Dr. Marcelo Martínez De Giorgi.
Recordamos que NO EXISTEN RAZONES SANITARIAS, NI OPERATIVAS, NI DE SEGURIDAD O TÉCNICAS PARA CERRAR EL PALOMAR.