domingo 23 de marzo de 2025 - Edición Nº907

Provincia | 26 feb 2025

Sociedad

Varios municipios bonaerenses, contra las cuerdas: la Justicia prohíbe incluir tasas en boletas

La Justicia ratificó la prohibición de incluir tasas municipales en las facturas de servicios públicos, respaldando la medida de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que protege a los consumidores contra el cobro de cargos indebidos.


El Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín rechazó los amparos presentados por siete municipios bonaerenses, entre ellos Tigre, Hurlingham, Moreno, General Rodríguez, José C. Paz, Ituzaingó y San Martín, contra la Resolución 267/2024. Esta normativa prohíbe la inclusión de conceptos ajenos al servicio contratado en las boletas de luz, gas y agua.

El fallo judicial determinó que no se vulnera la Constitución Nacional ni se afecta la autonomía de los municipios. Asimismo, resalta la importancia del sistema de protección al consumidor establecido en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

La resolución también confirma la legalidad de las normativas emitidas por ENARGAS y el ENRE, así como la validez de la Resolución 267/2024. Esta establece que las facturas de servicios públicos deben incluir exclusivamente los conceptos relacionados con el bien o servicio contratado, sin cargos adicionales. Además, se prevén sanciones para las empresas que incumplan esta disposición y se obliga a las prestadoras de servicios a informar a los usuarios sobre su derecho a reclamar indemnizaciones en caso de cobros indebidos.

La práctica de incorporar tasas municipales en las facturas de servicios se había convertido en un método habitual en varios distritos. Sin embargo, la Justicia consideró que esta acción vulnera los derechos de los consumidores y afecta su libertad de elección.  

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